¡Mucho ruido y pocas nueces!
Un Breve Comentario
Por: Ivette Yáñez
Así es amable lector mucho ruido y pocas nueces, en el tema del excandidato a la Presidencia Municipal de Texmelucan, Abraham Salazar quien de plano ya raya en la ridiculez, al pretender que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, prácticamente le quité a la Presidenta Electa, Norma Layón, su constancia de mayoría y se la entregué a él.
Para empezar, él fue uno de los precandidatos que en su momento aceptó el conteo de voto por voto, al permitir, también se aceptan los resultados.
Parte de su gente, estuvo presente en ese conteo voto por voto.
El traslado de los paquetes y que hoy argumenta Abraham Salazar, “se violó la cadena de custodia”, su misma gente estuvo presente y por cierto circula un video donde todos los representantes de partido estuvieron grabando con sus celulares, todo el movimiento, sin que se detectará eso que hoy tanto pregona, tan es así que no existe en tiempo y forma una impugnación al respecto.
Abraham Salazar sabe que perdió, que los votos no le alcanzaron, ¿entonces por qué miente?
¿A casó trata de desestabilizar al municipio?
Texmelucan enfrenta diversas problemáticas, porqué no mejor abonar, sumar y dejar que las instancias competentes decidan lo procedente.
Pero no, para Abraham Salazar pareciera que es mejor mentir y mentir y mentir y él mismo creerse sus mentiras.
Para empezar, el recurso de inconformidad promovido por el Partido Movimiento Ciudadano resulta extemporáneo, toda vez que el término que tuvo el actor para interponer el recurso fue hasta el 13 de junio y este lo presentó el 15 de junio.
Es por lo que no procede.
Pero desglosemos algunos términos que el propio Abraham Salazar, manifiesta en su interpelación:
El recurrente, no ofrece prueba alguna en la cual se acredite fehacientemente esta situación. En este sentido, no se cumplen con los extremos suficientes para anular la elección.
El simple hecho de que se haya omitido el espacio para desahogar la votación de 2 de los partidos políticos hacía suficiente considerar que resultaba imposible proceder al cómputo municipal en forma de mero cotejo de las actas de escrutinio y cómputo del expediente de casilla. Como tal error se presentó en todas las actas, el Consejo Municipal tuvo a bien aplicar el artículo 312 fracción IV en todas las actas. Por lo que la recurrente refuerza el motivo del recuento de votos.
La aprobación del recuento total hizo necesario designar una sede alterna con el espacio lo suficientemente amplio y adecuado para la instalación de las mesas de trabajo determinados por el sistema informático del Instituto Electoral;
Al tratarse de una determinación tomada en sesión permanente, se presume la presencia de la representación de los partidos políticos, por lo que no es necesario emitir una convocatoria específica para la apertura de la bodega de los paquetes electorales;
El ex candidato ofrecen como prueba múltiples fotografías en donde únicamente se observan un cúmulo de boletas electorales, marcadas a favor de MORENA y en compañía de una credencial de elector.
Sin embargo, adolecen de cualquier referencia respecto del tiempo, modo y lugar, así como un contexto que permita inferir el propósito por el que fueron tomadas y, en su caso, compartidas.
Aunado a lo anterior, el recurrente realizo diversas manifestaciones en donde reclama que personal del H. Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, participó en el reconteo celebrado del 9 al 11 de junio de 2021. Sin embargo, cada representante participe en el reconteo, cuenta con licencia que permite ser representantes de partido, situación no prevista por la ley y de ser al caso el no permitirles participar dentro de la jornada electoral ordinaria y/o extraordinario vulneraria derechos políticos electorales.
En cuanto a que ciertos ciudadanos participaron en las mesas donde personal del Consejo Municipal Electoral, llevó a cabo el conteo, esas personas tiene derecho de participar en dichos actos, para ello solicitaron un permiso sin goce de sueldo, como también lo sabe el susodicho, al respecto analizamos que:
la personalidad con la que se ostentan los partícipes en el reconteo es de ciudadanos y no como servidores públicos, a tal razón resulta inconcuso declarar que existen intereses de los representantes de partido, además que estos se encuentran con licencia y sin goce de sueldo. Esto encuentra estrecha relación con lo señalado con el procedimiento iniciado en la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales, pues en ella se encuentran realizando las mismas manifestaciones, pero por el razonamiento ya hecho, resultaría improcedente.
Abraham Salazar sabe desde el 6 de junio pasado, que el voto ciudadano no le favorecía, entonces hoy qué pretende con esas declaraciones donde falsea información, donde miente a los ciudadanos, no solo a los que no votaron por él, sino también a los que le favorecieron con su voto.
Lo que sí es un hecho es que en los próximos días el Tribunal Electoral del Estado habrá que emitir su fallo, posteriormente los actores competentes podrán redimir su inconformidad ante el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien definirá si es procedente que la elección se repita o determiné que efectivamente Norma Layón es quien ganó el pasado 6 de junio.
Pero jamás le quitarán a Norma Layón su constancia de mayoría y se la entregarán a Abraham Salazar, como él anda diciendo, engañando al electorado.
No pretendemos tomar partido hacia alguno de los lados, pero si aclarar la realidad del clima político qué vivimos los texmeluquenses.
¿Si en eso nos trata de engañar Abraham Salazar en que más lo hace?
Tiempo al tiempo
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