GOBIERNO MUNICIPAL DE HUEJOTZINGO LANZA CONVOCATORIO PARA RENOVACIÓN DE PRESIDENCIAS AUXILIARES
Honorable Ayuntamiento del Municipio de Huejotzingo, Puebla.
Conforme a lo dispuesto por los artículos 35 fracciones I y II, 36 fracción III y
115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20
fracciones I y II, 21, 102 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Puebla; y 224, 225, 226, 227 y demás aplicables de la Ley
Orgánica Municipal y siendo el cuarto domingo del mes de enero del año 2019
la fecha para llevarse a cabo por elección popular directa la renovación de las
autoridades auxiliares que componen el Municipio de Huejotzingo, Puebla,
para el periodo 2019-2022, cuyo cargo se desarrollará de manera honorifica.
Para ello y porque la participación tanto de los que aspiran a ocupar los cargos
de integrantes de las juntas auxiliares, así como de los que tengan la calidad de
electores, constituyen la forma viable de asegurar la libre expresión de la
voluntad popular, en sesión extraordinaria de cabildo de fecha tres de
diciembre de 2018, el Honorable Cabildo ha tenido a bien expedir la presente,
por ello:
C O N V O C A
A todos los ciudadanos vecinos de las juntas auxiliares del Municipio de
Huejotzingo, Puebla, para que participen ya sea como electores o candidatos,
propietarios o suplente en la renovación de las autoridades auxiliares, de
acuerdo con las siguientes:
BASES
I. DE LOS REQUISITOS
1. Podrán participar como candidatos a miembros de las juntas auxiliares,
los ciudadanos poblanos en pleno goce de sus derechos políticos, vecinos
de las juntas auxiliares, que integran el Municipio de Huejotzingo,
Puebla, que hayan cumplido 18 años de edad, tengan credencial para
votar emitida por el Instituto Nacional Electoral, tengan modo honesto
de vivir, no se encuentren impedidos por disposición legal o autoridad
competente, que vivan en la comunidad de que se trate y que cumplan
con los siguientes requisitos:
a) Acta de nacimiento original expedida por el registro civil.
b) Constancia de vecindad reciente en donde se indique el tiempo
que ha vivido en su domicilio, expedida por la Secretaría General
del H. Ayuntamiento o de la autoridad auxiliar que corresponda
(no mayor a dos meses de expedición).
c) Credencial para votar con fotografía vige
los de elección popular, es que los aspirantes a candidatos para autoridad
auxiliar, al momento de formar su planilla deberán de observar tanto la
equidad de género como la paridad y alternancias en su vertiente vertical
y horizontal. Es decir, igualdad de circunstancias para participar hombres
y mujeres, tratándose de este principio horizontalmente se deberá
buscar que, si el propietario es hombre su suplente deberá ser hombre o
viceversa si el propietario es mujer su suplente será mujer; en tanto que
verticalmente se buscará la paridad y alternancia es decir si el primero
de la lista es hombre, la segunda beberá ser mujer y viceversa si la
primera de la lista es mujer, el segundo deberá ser hombre y así
sucesivamente hasta completar la planilla.
3. Este registro se hará por escrito signado por los integrantes de la planilla
y fórmula dirigida al H. Ayuntamiento de Huejotzingo, Puebla expresando
cuál es la junta auxiliar en la que aspiran contender en el proceso de
elección, anexando la documentación señalada de cada uno de los
integrantes de la fórmula, así como los siguientes anexos:
a) Formato “1” con los nombres completos y apellidos paterno y
materno de los miembros de la fórmula señalando
propietarios y suplente y nombre de la junta auxiliar por la que
participan. Aquí mismo, indicar quien será el representante de
la fórmula propietario y suplente ante la comisión
organizadora de la elección de las autoridades de las juntas
auxiliares del Municipio de Huejotzingo, Puebla.
b) Formato “2” con los datos generales de los miembros de la
fórmula, señalando domicilio, teléfono, edad, estado civil,
grado de estudios, ocupación.
c) Archivo impreso a color y digital del logotipo en formato JPG o
PNG mediante cualquier medio magnético (USB) con un
tamaño no mayor a 20 x 20 pixeles. El logotipo no deberá
utilizar emblemas de los símbolos patrios, ni de cultos religioso
o iguales a los de un partido político con registro oficial. El
logotipo deberá ser diferente en colores, siglas o signos, al
utilizado por otras fórmulas, por lo que en caso de presentarse
lo contrario a este supuesto, la fórmula que no haya sido
primero en tiempo, tendrá 24 hrs. para presentar otra opción
y de no hacerlo perderá sus derechos de registro.
4. No se aceptará documentación incompleta de ninguna fórmula o
candidato.
II. DE LOS IMPEDIMENTOS
1. No podrán participar como candidatos para los cargos antes
mencionados del Municipio de Huejotzingo, Puebla, las personas que:
a) Habiendo desempeñado un cargo público, militares o ministros de
culto, en el momento de su registro no acrediten haberse
separado noventa días antes de la fecha de la elección del mismo,
según lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales en sus artículos 10 y 11.
b) Que se encuentren impedidos por el artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
c) Declarados en quiebra fraudulenta y los que hubiesen sido
sentenciados como defraudadores de fondos públicos, así como
los inhabilitados por sentencia.
III. DE LA PUBLICACIÓN
1. La presente convocatoria será publicada el día 02 de enero de 2019 en
los estrados de la Presidencia Municipal, Juntas auxiliares, así como
medios de comunicación impresos y digitales.
IV. DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA
1. La Comisión Organizadora para la elección de miembros de juntas
auxiliares del Municipio de Huejotzingo, Puebla, nombrada en sesión de
cabildo será la encargada de llevar a cabo todo el proceso, quedando
integrada de la siguiente manera:
I. Presidente: Regidor de Gobernación, Lic. Rodolfo Palafox Guzmán;
II. Secretario: Síndico Municipal, Lic. Eduardo Iturbide Castillo;
III. Vocal 1: Directora de Gobernación, Lic. Obdulia Cerón Méndez
IV. Vocal 2: Secretario General, Lic. José Antonio Tepox Morales; y
V. Vocal 3: Regidor de Educación Lic. Pablo Noe Pérez.
V. DEL REGISTRO
1. El inicio del registro de candidatos será a partir del día 03 de enero de
2019 y se cerrará a las 20 horas del día 13 del mismo mes y año.
2. El registro de fórmulas se hará ante la Comisión Organizadora, quienes
recibirán las solicitudes en el domicilio que ocupa la Presidencia
Municipal en la Calle Plaza Principal s/n, Huejotzingo, Puebla.
3. Una vez presentada la documentación por los aspirantes, la Comisión
Organizadora, si cumple con todos los requisitos establecidos en la
presente convocatoria, el día 15 de enero de 2019 emitirá el dictamen
de aceptación de registro o en su caso la negativa del mismo. Dicho
dictamen se publicará en los estrados de la Presidencia Municipal de
Huejotzingo, Puebla y en los medios de comunicación impresos y
digitales de la región.
Antes de que se emita el dictamen de aprobación o negativa a la fórmula
registrada, no podrán realizar actos de campaña, de lo contrario se les
negará el registro.
4. Emitido el dictamen, se hará entrega de las constancias de registro el 18
de enero de 2018, podrán hacer sustituciones hasta las 17:00 hrs del día
17 de enero de 2019, vencido este término las planillas y fórmulas no
podrán sustituir a ninguno de sus miembros, salvo en los casos de
enfermedad grave o muerte de alguno de ellos. Una misma persona no
podrá ser integrante de dos o más fórmulas.
VI. DE LA PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
1. Para la preparación, desarrollo y vigilancia de las elecciones se realizarán
reuniones convocadas por la Comisión Organizadora a partir de que se
hayan publicado las constancias de aceptación de registro de las
fórmulas.
VII. CAMPAÑA ELECTORAL
1. Una vez que la Comisión Organizadora haya emitido constancia de
aceptación de registro de la fórmula, es decir a partir del 15 de enero,
podrán iniciar con sus actos de campaña electoral y colocación de
propaganda, apegándose en todo momento a los lineamientos que
marca el código de instituciones y procedimientos electorales del Estado
de Puebla, y a los acuerdos que se tomen en las reuniones convocadas
por la Comisión Organizadora para la elección de miembros de juntas
auxiliares del Municipio de Huejotzingo, Puebla.
2. No se podrán realizar actos de proselitismo político ni colocación de
propaganda electoral a partir de las cero horas del día 25 de enero de
2019, ya que el último día para realizar actos de campaña y colocación
de propaganda electoral será el día 24 de enero de 2019; la fórmula que
no respete lo anterior será acreedora a las sanciones que determine la
Comisión Organizadora, que dependiendo de la gravedad de la infracción
podrá sancionar incluso con la pérdida del registro.
3. Las reuniones públicas que realicen los candidatos con registro
autorizado, se regirán por los dispuesto en la Constitución Federal, en la
legislación local y estarán limitadas por el respeto los derechos, en
particular, los de otras fórmulas y candidatos, así como por las
disposiciones que para garantizar el ejercicio del derecho de reunión y la
preservación del orden público dicte la autoridad competente.
4. Los candidatos que realicen marchas o reuniones que puedan implicar
interrupción temporal de la vialidad pública, deberán comunicarlo con
72 horas de anticipación a la Comisión Organizadora, indicando el día de
realización, itinerario y el tiempo estimado de duración, a fin de que
dicha autoridad provea lo necesario para garantizar el libre desarrollo del
evento.
VIII. DE LA JORNADA ELECTORAL
1. La jornada electoral para la elección de autoridades auxiliares se llevará
acabo el día 27 de enero de 2019.
2. En juntas auxiliares, la votación se hará a través del sufragio libre, directo
y secreto, por lo que se instalarán mesas receptoras del voto y se
instalarán mamparas y urnas.
3. Las mesas receptoras de votación se instalarán en los lugares que
determine la Comisión Organizadora, principalmente en las plazas
públicas. Por ningún motivo podrán instalarse en casas habitación de
servidores públicos, cónyuges o parientes consanguíneos hasta tercer
grado de alguno de los candidatos registrados, ni en cantinas, bares o
iglesias.
4. Las mesas receptoras de votos estarán integradas de la siguiente
manera:
a) Un presidente, designado por la Comisión Organizadora, de entre
los servidores públicos del H. Ayuntamiento de Huejotzingo,
Puebla, que estará debidamente acreditado; y
b) Un representante de cada una de las fórmulas registradas
debidamente acreditado.
5. La instalación de las mesas receptoras será a partir de las ocho horas
levantándose el acta correspondiente, y cerrando la votación a las
dieciocho horas del día de la elección, permitiendo emitir su voto a las
personas que, siendo las dieciocho horas, se encuentren formados en la
fila, levantando igualmente el acta correspondiente de cierre de casilla.
6. Para que los ciudadanos puedan emitir su voto deberán formarse en una
sola fila y presentar su credencial para votar con fotografía emitida por
el Instituto Nacional Electoral (INE) a la mesa receptora, una vez
acreditada su identificación se le entregará una boleta en la que
aparecen las diferentes fórmulas registradas y el nombre del candidato a
presidente de la junta auxiliar, y el ciudadano deberá marcar el recuadro
correspondiente del candidato de su preferencia. Posteriormente, se le
marcará al elector con tinta el pulgar derecho en señal de emitido su
voto. Por ello, antes de dar la boleta a cualquier elector la mesa receptora
deberá verificar que no tenga la marca en el dedo pulgar.
7. Una vez cerrada la votación, se procederá a la celebración del cómputo
final, debiendo estar presentes en el conteo de votos los representantes
de cada fórmula, resaltando que las boletas que no indiquen con claridad
la intención de voto quedarán anulados, se cancelaran las boletas
sobrantes, levantándose un acta de escrutinio y cómputo final, en la que
se indique el desarrollo del proceso electoral y el resultado de la
votación, siendo firmadas por los funcionarios y representantes de las
fórmulas, debiéndose fijar en el lugar de elección, una copia del acta de
escrutinio y cómputo final para publicar el resultado.
8. Los miembros de las fórmulas y sus representantes, no podrán realizar
ninguna actividad de proselitismo el día de la elección, apercibidos que
la fórmula que provoque algún desorden, quedará descalificada. De la
misma manera, si alguno de los simpatizantes o integrantes de la planilla
incurriera en algún acto considerado como delito electoral, de manera
administrativa se sancionará a la fórmula inmiscuida, previo el análisis de
las pruebas ofrecidas, sanción que podría ser hasta la pérdida del
registro, y en su caso las implicaciones penales que se deriven.
IX. DE LAS INCONFORMIDADES
1. Las inconformidades referentes al proceso o a su resultado, se podrán
presentar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al cierre de la
elección ante la Comisión Organizadora, quien, basándose en las
pruebas, apegado a derecho, determinará lo procedente a más tardar el
día dos de febrero de 2019.
X. DE LA CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN
1. Se declarará triunfante la fórmula que haya tenido la mayoría simple de
votos, previa la calificación por parte de la Comisión Organizadora y que
deberá aprobarse en sesión de cabildo. La Comisión publicará los
resultados de la elección en los estrados de la Presidencia Municipal, de
las juntas auxiliares, inspectorías y diferentes medios de comunicación
impresos y digitales.
2. En caso de empate en los resultados del cómputo final, entre dos o más
planillas y fórmulas contendientes, se realizará una elección
extraordinaria misma que se efectuará a más tardar el domingo tres de
febrero de 2019.
3. El secretario del Ayuntamiento, con base al resolutivo del cabildo,
expedirá las constancias de mayoría respectivas y serán entregadas a
más tardar el día 8 de febrero de 2019. El vocal número 1 de la Comisión
Organizadora, levantará las actas y acuerdos tomados en el seno de la
misma y realizará las funciones operativas de la comisión.
XI. DE LA TOMA DE PROTESTA
1. Los miembros de la planilla y fórmula triunfadora iniciarán sus funciones
el día 10 de febrero de 2019, mismo día en que rendirán protesta en el
lugar donde indique la Comisión Organizadora en coordinación con la
autoridad electa, con la presencia de la Presidenta Municipal de
Huejotzingo, Puebla o un representante que nombre para tal efecto.
TRANSITORIOS
UNICO: Los puntos no previstos en la presente convocatoria, así como su
interpretación y ejecución, serán resueltos con criterios apegados a derecho
por la Comisión Organizadora que participará en la organización y elección de
representantes de juntas auxiliares del Municipio de Huejotzingo, Puebla.
Sin más por el momento le reitero mis saludos.
H. Ayuntamiento de Huejotzingo, Puebla; a 2 de enero de 2019.
ATENTAMENTE
“UNIDOS SOMOS MÁS FUERTES”
MTRA. ANGÉLICA PATRICIA ALVARADO JUÁREZ
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE
HUEJOTZINGO, PUEBLA.
2018-2021.